MADRID.- Ahora la norma obligará a las plataformas de delivery a contratar a estos trabajadores y a informales de las reglas e instrucciones en las que se basan sus algoritmos.
Aprobamos en el #CMin una norma pionera para la protección de las personas trabajadoras de reparto en plataformas digitales.
Nuestro país encabeza un cambio de paradigma global, al dotar de derechos y protección laboral el cambio tecnológico que vivimos.#RepartoConDerechos 👇🏼 pic.twitter.com/qc8QAR4rmb
— Yolanda Díaz (@Yolanda_Diaz_) May 11, 2021
El Consejo de Ministros aprobó la norma tras varios meses de negociación entre el Ministerio de Trabajo, los sindicatos y las patronales.
“Una norma que va a cambiar el sino de los tiempos”, aseguró Yolanda Díaz, ministro de Trabajo, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Una regulación que convierte a España en la “vanguardia” en esta materia, ha dicho, ya que “no hay ningún país en el mundo que se haya atrevido a legislar sobre esta materia”.
Además de contratar a los trabajadores, las empresas deberán compartir los parámetros e instrucciones de los algoritmos y la inteligencia artificial que indican en las condiciones laborales por las que se rigen dichas aplicaciones.
La ley de los “riders” solo afecta a los repartidores de las plataformas de reparto a domicilio como Ubereats, Glovo o Deliveroo.
El año pasado, el Tribunal Supremo de Espaa declaró que los repartidos de la empresa Glovo no eran trabajadores por cuenta ajena, sino que tenían relación laboral con la compañía.
“Glovo se sirve de repartidores que no disponen de una organización empresaria propia y autónoma, las cuales prestan su servicio insertados en la organización de trabajo del empleador”, aseguró aquel fallo.
Sin embargo, ahora los trabajadores tendrán que esperar un poco más para que se haga efectiva la ley, que entrará en vigor en tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).