CIDH admite demanda sobre terrenos en la Isla Pascua

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Rapa Nui

SANTIAGO.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró admisible la demanda presentada por el Consejo de Ancianos del pueblo Rapa Nui en 2015 contra el Estado de Chile, para que se les reconozca la propiedad de los territorios ancestrales de la Isla Pascua.

En el documento, los demandantes alegan “responsabilidad internacional del Estado chileno por la presunta violación del derecho a la propiedad colectiva del  Pueblo Rapa Nui sobre el territorio y los recursos naturales de la Isla de Pascua y su derecho a la autonomía”. 

La demanda además señala que pese a las solicitudes de reconocimiento y autonomía que se han hecho en forma constante por más de cien años, en la actualidad más del 70% del territorio ancestral Rapa Nui está bajo la propiedad del Estado de Chile, lo que generó un daño en el estilo de vida y el desarrollo de dicha comunidad. 

Según la CIDH, de comprobarse los antecedentes expuestos en la demanda, podrían caracterizar “violaciones a los artículos 4 (derecho a la vida) 26, 8 (garantías judiciales) 12 (libertad de conciencia y religión), 21 (derechos a la propiedad) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana en perjuicio de la comunidad indígena Rapa Nui”. 

Aldo Díaz, uno de los abogados que patrocinaron la acción judicial, afirmó que la admisión del trámite se ajusta a la jurisprudencia de la Corte Interamericana, “en el sentido que los pueblos indigenas, no solo Rapa Nui, tienen la propiedad de su territorio y sus recursos naturales”.